• 01/07/2024
      icono

    Modificación de la gestión de emisión de certificados y documentos de exportación en CEXGAN para Gran Bretaña (UK)


    Tras la entrada en vigor de la certificación sanitaria para Gran Bretaña (UK) el pasado 30 de abril, no se han producido incidencias destacables ni demoras en la gestión de expedientes o el envío de mercancías.

    No obstante, las autoridades responsables del control de fronteras en UK han informado a los EM de la UE que uno de los errores que aparecen con frecuencia en los certificados y documentos de exportación a UK es que dichos documentos se han emitido y firmado con fecha posterior a la salida de la partida, y solicitan que se adopten las medidas para evitar la repetición de esta incidencia. El sistema de emisión de certificados por vía rápida que se habilitó desde 2021 para prever posibles problemas y congestión en el tráfico comercial con UK es una de las causas posibles de la incidencia notificada por UK.

    Por este motivo el 15 de julio de 2024 se desactivará el procedimiento de emisión de certificados por vía rápida. Desde esa fecha, el procedimiento de solicitud de certificados para UK se realizará de este modo:

    • Todos los certificados para UK, que ahora están clasificados como Certificado UK (Vía rápida) se integrarán en las categorías convencionales que tiene CEXGAN para el resto de los países: Específicos, genéricos y Anexo D (Doc. No intervención). El sistema no permitirá solicitar ningún certificado por la vía rápida tal como se ha hecho hasta ahora para UK.
    • El código individual del certificado (UU24NNNNNN) y la comunicación al Servicio de Aduanas de España de este código y de los datos básicos del certificado se generará una vez el inspector emita el certificado. No se generará cuando el operador envíe la solicitud al SIVF, como ocurría con la vía rápida.

    • La mercancía no podrá ser expedida ni presentada a la Aduana española hasta que no se complete el proceso y el SIVF emita el certificado o anexo D solicitado. Es importante que tenga esto en cuenta a la hora de organizar la logística del envío dado que la mercancía puede ser requerida para la realización de un control de identidad y físico, independientemente de que se haya solicitado un certificado específico, uno genérico o un Anexo D.

    • Una vez emitido, el usuario operador podrá obtener y descargar una copia de dicho certificado en formato PDF firmado, tal como se hacía con los certificados emitidos por la vía rápida.
  • Fuente — Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera — 01/07/2024