• 29/10/2009

    IMPORTANTE: Comunicado del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino sobre la gestión del Libro Genealógico del Caballo de Pura Raza Española (P.R.E)




    Ante la aparición de noticias sobre la existencia de registros no oficiales del Caballo de Pura Raza Española (P.R.E) y para aclarar algunas cuestiones que están provocando comentarios que no se corresponden con la realidad, así como para proteger al PRE y evitar problemas a los ganaderos, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM) quiere aclarar lo siguiente:

    EN RELACIÓN CON EL P.R.E MUNDIAL U OTRO TIPO DE REGISTROS PRIVADOS

    El Caballo de Pura Raza Española es una Raza autóctona Española del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España y en consecuencia, es un Patrimonio Genético del Estado Español y del conjunto de los ganaderos criadores.

    El único Libro genealógico del Caballo de Pura Raza Española que tiene reconocimiento oficial es el que está siendo gestionado actualmente por la Asociación, ANCCE, tras su reconocimiento oficial por este Ministerio para la llevanza del mismo, de acuerdo con la normativa vigente nacional y comunitaria y con los criterios aprobados por el MARM.

    La llevanza del libro genealógico por parte de ANCCE o cualquier otra entidad, no obsta para que la capacidad normativa y el establecimiento de los criterios sobre la raza, lo que la U.E entiende como "libro de origen", siga correspondiendo, como siempre ha sido, a la Administración, en este caso al MARM.

    La normativa de la Unión Europea establece la obligatoriedad de que las asociaciones que gestionen los libros genealógicos deben cumplir los principios establecidos por el libro de origen de la raza, cuyos preceptos básicos se regulan y aprueban por este Ministerio y están recogidos en la normativa vigente publicada en el Boletín Oficial del Estado y son de obligado cumplimiento y respeto, por parte de ANCCE y de cualquier otra asociación que pueda gestionar el Libro Genealógico de la raza.

    Este Ministerio solamente ha reconocido oficialmente a la ANCCE para la gestión del libro genealógico del P.R.E y niega cualquier validez a los registros que se efectúen fuera del ámbito competencial regulado por la legislación de nuestro país.

    Las cartas genealógicas o pasaportes que otras asociaciones no reconocidas emitan para animales con designaciones como PRE Mundial u otras nomenclaturas, no tienen validez oficial para esta raza.

    La normativa nacional y de la Unión Europea permite la concurrencia de asociaciones que gestionen una misma raza, y en consecuencia, podrían existir otras asociaciones que gestionen el libro genealógico del P.R.E, siempre que estas asociaciones tengan la representatividad legalmente establecida, cumplan determinados requisitos, no pongan en peligro el programa de mejora, ni se comprometa su funcionamiento y obtengan un reconocimiento oficial para realizar esta gestión. En ningún caso, la normativa admite ni regula la creación de registros privados.

    Así, el vigente Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se
    establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, establece que la segunda o sucesivas asociaciones que soliciten el reconocimiento oficial para la gestión del libro genealógico de una raza, deberán respetar la reglamentación específica de dicho libro y el programa de mejora, aprobados oficialmente para esa raza por la autoridad competente.

    Asimismo, en esta norma se regula la base de datos de cada asociación y la información que debe remitirse al Sistema Nacional de Información del MARM, con la previsión de que en el caso de que existan distintas asociaciones reconocidas para una misma raza, deberán integrar los datos correspondientes al libro genealógico y al programa de mejora en una sola base de datos gestionada por una de ellas, por una asociación de segundo grado o por un agente público o privado designado por ellas y de acuerdo con la autoridad competente, para que la base de datos por raza sea única, como mecanismo fundamental para garantizar la conservación y la mejora de la raza.
     

    CONFORMIDAD DE LA NORMATIVA ESPAÑOLA CON LA NORMATIVA ZOOTÉCNICA EQUINA DE LA UE

    La Comisión Europea envió una Carta de emplazamiento a España, solicitando información en relación con la aplicación en nuestro país de la normativa comunitaria zootécnica de équidos y el reconocimiento de ANCCE para la llevanza del libro genealógico del Pura Raza Española.

    Se trata de un procedimiento habitual cuando existen dudas por parte de la Comisión de la UE en la implementación o aplicación de la normativa europea, en algún Estado Miembro previo a la emisión de un dictamen o tomar alguna medida, si procede, por parte de la Comisión.

    España ya ha dado traslado de un informe completo y aclaratorio en tiempo y forma, para razonar las cuestiones que ofrecen dudas a la Comisión y para demostrar que se actúa de acuerdo a la normativa comunitaria en los aspectos que se comentan a continuación.

    La normativa vigente establece que, cuando ya existe una asociación oficialmente reconocida para la gestión de un Libro Genealógico, la segunda o ulteriores solicitantes deben acreditar, entre otros, el requisito específico de aglutinar un porcentaje de criadores y animales. La Comisión Europea ha solicitado explicaciones sobre la relación que existe entre este requisito y los motivos de denegación, ya previstos en la normativa comunitaria.

    Debe tenerse en cuenta que sin la existencia de un número mínimo de
    criadores integrados en la asociación u organización que pretende el reconocimiento oficial, la misma no sería ni viable desde un punto de vista económico ni podría funcionar de modo adecuado a los fines de la creación o gestión de un Libro Genealógico y en especial para la correcta ejecución del programa de conservación o de mejora de la raza de que se trate y es fundamental la conexión de animales de diversas ganaderías que permita realizar correctamente y con fiabilidad su valor genético, teniendo en cuenta los diversos factores ambientales.

    El segundo aspecto sobre el que se han pedido aclaraciones, se refiere a la conceptuación técnico-jurídica de lo que supone el Libro de Orígenes del P.R.E (concepto indeterminado o no definido expresamente por la normativa comunitaria que solo se contempla para la especie equina).

    Entendemos que el Libro de origen está compuesto por la normativa específica de la raza y por todas las genealogías y datos relativos a los animales que se inscriben en ese libro. En el caso del P.R.E, el Libro de origen pertenece al MARM y el libro genealógico es gestionado por la ANCCE, única asociación oficialmente reconocida para ello.

    España mantiene que el PRE, como muchas otras razas autóctonas, forma parte del patrimonio y la diversidad genética propios, sin que por ello pueda atribuirse a entidad privada la definición de su reglamentación. No podemos olvidar la posibilidad que existe de varias asociaciones que gestionen el libro de una misma raza, de acuerdo a la normativa comunitaria, por lo que ofrece una mayor seguridad jurídica que la Administración apruebe y publique estos criterios, en lo que se entiende que sería la reglamentación básica de cada raza, con la participación de las asociaciones de ganaderos, independientemente de que tengan concedida o no la gestión del Libro genealógico.

    Así, es competencia y responsabilidad irrenunciable de las Administraciones Públicas realizar una eficaz regulación y ordenación del patrimonio genético, fundamentalmente para razas autóctonas y esta circunstancia ha motivado que los países, entre ellos España, establezcan Programas nacionales de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

    En el caso del Pura Raza Española (PRE), el único libro gestionado por una asociación reconocida oficialmente por el Estado Español, es actualmente el de la ANCCE y nunca ha existido una asociación privada creadora del Libro, sino que el mismo se ha iniciado impulsado, y gestionado durante bastante tiempo por la Administración y recientemente se ha realizado el traspaso desde el Ministerio de Defensa al sector, a través del MARM.

    Esta información ya ha sido comunicada recientemente a la Comisión Europea, en el sentido de que la ANCCE es la única entidad que oficialmente gestiona el libro genealógico del PRE y que la Administración española establece los principios del libro de origen, lo que no supone ningún cambio efectivo en la situación, procedimientos o gestión del PRE existente, pero aclara las dudas que se venían planteando en cuanto a la interpretación del concepto del libro de origen.
     
    Madrid, a 28 de octubre de 2009

     


    Para más información, consulte la Web del MAPA:
    http://www.mapa.es/gabinete/nota.asp?codi=28022_AH281009

  • Fuente — ANCCE — 29/10/2009